Programa HOME
Fue creado por la Ley Nacional de Vivienda Asequible de 1990
Ofrece subsidios a través de fórmula a los estados y localidades los cuales son utilizados por las comunidades, en ocasiones en asociación o grupos locales, sin fines de lucro o individuos, para efectos de renta temporera, construcción y rehabilitación de viviendas asequibles ocupadas por el dueño.
Verifica aquí los límites de ingreso que acepta el Programa.
ACTIVIDADES DEL PROGRAMA HOME
Ayuda de alquiler basada en el inquilino
Rehabilitación de vivienda por el dueño
Asistencia directa al comprador
Preguntas Frecuentes:
- ¿Si poseo una propiedad cualifico para el Programa Home?
- El Programa Home se enfoca en asistir a familias con pronto pago para la compra de su residencia principal. Si poseen una propiedad no serían elegibles para la asistencia de pronto pago. Si poseen un terreno sin edificación el mismo se considera como activo y se verifica el valor actual en el mercado pero el poseer un terreno podría afectar la elegibilidad por ingresos de la familia.
- ¿Qué ingresos se consideran para cualificar para el Programa Home?
- Todo el ingreso bruto de los que van a vivir la propiedad. Hay excepciones y reglas dependiendo de qué tipo de dependientes hay en el núcleo familiar. Se ve caso a caso.
- ¿Puedo comprar propiedad en cualquier parte de Puerto Rico?
- Correcto. Trabajamos la elegibilidad de propiedades dentro de los 78 municipios de Puerto Rico. Va a depender de que la unidad cumpla con los estándares exigidos por el Programa.
- ¿Si cualifico para el 100% del valor de compraventa, el Programa Home me ayuda con Pronto Pago también?
- Solamente asistimos con la asistencia de Pronto Pago a familias de bajos y moderados ingresos que no pueden cualificar para su hipoteca por si solos.
- Tienen que ser elegibles por ingresos y la propiedad cumplir con los estándares exigidos por el Programa Home.
- ¿Si vivo fuera de Puerto Rico permanentemente y quiero comprar en la Isla cualifico para el Programa Home?
- Debe haber residido en la Isla por los últimos 12 meses y cumplir con todos los otros requisitos de elegibilidad. Se solicitarán las evidencias pertinentes.
- ¿El subsidio del Programa Home tengo que devolverlo?
- Debe cumplir con las condiciones restrictivas que acuerden con el Programa y con su periodo de asequibilidad y no se tendría que repagar el subsidio. Cada caso se evalúa independientemente y se solicitará la evidencia pertinente.
- ¿Si no tengo ingresos cualifico para el Programa Home?
- El Programa Home asiste a la familia con un Pronto Pago que se combina con un préstamo hipotecario. Para cualificar para el préstamo hipotecario la familia necesita generar ingresos elegibles para la institución hipotecaria de su selección.
- ¿Si soy soltera(o) cualifico para la asistencia del Programa Home?
- Cada persona debe ser elegible por ingresos independientemente si está casado o no.
- ¿Si compré la casa, cualifico?
- Si ya adquirió su residencia principal y cerró su préstamo hipotecario no le podemos asistir con el subsidio.
- ¿Si tengo el crédito afectado cualifico?
- Va a necesitar cumplir con los estándares de cualificación de la institución hipotecaria que escoja. Cada institución posee su propia política de crédito.
- ¿Tengo que estar casado y con hijos para cualificar?
- No, atendemos padres y madres soltero(a)s y personas de estado civil soltero.
- Si tuve una propiedad y la vendí, ¿cualifico?
- Se va a evaluar el tiempo que lleva sin la propiedad y debe someter la evidencia de la venta. Por lo general no debe haber poseído una propiedad en los últimos 3 años. Cada caso se evalúa individualmente.
- Me venden una propiedad que excede los precios de venta, ¿puedo pagar la diferencia para cualificar de la ayuda?
Si cualifica para un precio de venta que excede los permitidos por el Programa, no va a poder participar del Programa Home.