Asistencia de Renta Basada en el Inquilino (TBRA)
Ofrece asistencia para alquiler mediante voucher por un periodo de 12 a 24 meses
REQUISITOS BÁSICOS
No exceder los límites de ingresos (**)
No poseer voucher de asistencia de otros programas
Ser residente de PR durante el último año
Completar el curso de Housing Counseling Training
** INGRESOS
Toda compensación recibida, ya sea monetaria o no, excepto la que la Reglamentación determine que es excluida
¿Cuáles son los ingresos incluidos?
Salarios por jornada, Pagos por tiempo extra, Comisiones
Honorarios, Propinas, Bonos
Pensiones: Seguro Social, Veterano, Alimenticia, etc.
LÍMITES DE INGRESO Y REGIÓN
La familia no puede exceder el 60% del ingreso medio por región y composición familiar.
Para determinar la región identificamos el municipio donde está ubicada la propiedad.
POBLACIÓN PREFERENCIAL
Familias desplazadas directamente a causa de desastres naturales que necesita asistencia con vivienda de alquiler
Victimas de violencia domestica
Victimas de violencia de género
SUBSIDIO
El programa subsidiará la diferencia entre el monto del alquiler del arrendatario y el alquiler de la unidad de vivienda.
El subsidio se entregará a través de un voucher (cupón).
Subsidio Máximo de Asistencia
La sistencia de TBRA será de 12 a 24 meses
Voucher (cupón)
El voucher será válido por un periodo de 60 días calendario a partir de la fecha de emisión.
LÍMITE DE PAGO POR EL ARRENDATARIO
Máximo—30% del ingreso ajustado para cubrir la parte del alquiler que le corresponde
Mínimo—$50.00
PRECIOS DE RENTA
Los estándares de renta utilizados son los Fair Market Rents and Payments Standards de HUD.
Se incluyen todas las utilidades y servicios relacionados a la vivienda, excepto, teléfono.
REQUISITOS DE LA VIVIENDA
Para que una unidad de vivienda pueda ser considerada elegible para el programa, debe cumplir con lo siguiente:
Estándares de calidad de vivienda (HQS)
Estándares de ocupación (Fair Housing)
Estándares de construcción aplicables
Evaluación Ambiental (4128)
Asbesto y plomo (Requerido en las viviendas construidas antes del 1978)
Fijar un alquiler razonable en comparación con los alquileres cobrados por unidades comparables
No estar sujetas a otra forma de subsidio para alquiler
Las viviendas serán inspeccionadas anualmente por inspectores de la AFV
si está interesado escriba a: HOME@afv.pr.gov o llame al 939-333-5417 y
No olvide incluir su número de teléfono.